Reglamento Particular de la prueba - Fecha 3: Olavarría
22 MAR 17 / 16:57 hs.

Reglamento Particular de la prueba - Fecha 3: Olavarría

La tercera cita del calendario del Turismo Carretera ya tiene su reglamento particular.

Se establece como Reglamento Particular de la Prueba a efectuarse el próximo 30-31/3 y 1-2/4/2017 en el Autódromo “Hermanos Emiliozzi” de la ciudad de Olavarria, Provincia de Buenos Aires, las siguientes modificaciones e incorporaciones al actual reglamento de campeonato.

Art. 1°: A todos los automóviles de la categoría TURISMO CARRETERA inscriptos, se  separarán en dos tandas identificadas como las de número par o las  de número impar, de  acuerdo a la  numeración del box que  se le  asigne,   mediante un sorteo al efecto, que  se cumplirá en la  sede de la  CAF  de  la  ACTC, el día Martes 28 de Marzo de 2017, a las 16.00 hs.,  el que podrá ser presenciado por los Jefes   de Equipo.y/o  Concurrentes.-    

Art. 2°:  Los competidores están obligados a detenerse entre la vuelta 13 y la vuelta 26 inclusive a efectos de cambiar 2 (dos) neumáticos (delantero derecho y trasero derecho). Solo se podra detener el auto en la calle frente al box. Los vehículos ubicados en boxes impares deberán hacerlo cumpliendo  las vueltas impares (13, 15, 17, 19, 21, 23 y 25).     

Los vehículos ubicados en boxes pares deberán hacerlo cumpliendo las vueltas pares (14, 16, 18, 20, 22, 24 y 26). En todos los casos será de libre elección del piloto la vuelta para efectuar la detención.  Se entiende por “cumpliendo” el momento en pasar por la torre de control cerrando la vuelta respectiva.

En caso de entrar el Pace Car durante cualquiera de las vueltas indicadas, se mantendrán los boxes cerrados. En el supuesto que por este motivo los boxes estuvieren cerrados al cumplirse las vueltas 25 y 26, al reanudarse con bandera verde se permitirá el recambio por dos vueltas más, manteniéndose el criterio establecido de vueltas pares e impares.

 

Art. 3°: Los únicos trabajos que se permitirán en el momento de la detención, para  realizar el cambio de los neumáticos delantero y trasero  derecho,  será la limpieza del parabrisas y la limpieza de la entrada de aire al canalizador del radiador, cualquier otro tipo de trabajo o reparación deberá efectuarse dentro del box.

Es opcional la detención o no del motor en el momento de parar para el cambio de los neumáticos.  Se permitirá la ayuda externa a los efectos que fuera necesario para el arranque del vehículo.

La violación a estas disposiciones podrá ir desde un recargo de tiempo hasta la desclasificación según sea la falta cometida, a criterio del Comisariato Deportivo.

Art. 4°: Prioridad de salida. La prioridad de tránsito en la calle de boxes la tendrá el vehículo que circule por ella sobre el que comienza  a realizar la maniobra de salida luego del cambio de neumáticos.

Art. 5°: Designación de Veedores. El control y supervisión del trabajo de cambio de neumáticos  será realizado por veedores,        ( uno  cada dos boxes) designados por este Ente Fiscalizador por su experiencia y conocimiento,  cuya nómina será entregada al Comisariato actuante.

Art. 6°: Lluvia:  En caso de lluvia, al  habilitar la apertura de boxes, antes del comienzo de la prueba Final,  la misma será de  diez (10) minutos libres con boxes abiertos,  para que los pilotos decidan el tipo de neumático a utilizar.

 

Podran pasar por boxes y volver a salir de los mismos durante ese lapso y si se realiza el cambio de los cuatro neumáticos lisos por  ancorizados y/o viceversa  en  ese momento,  NO SE  DARA  por cumplida  la presente reglamentación  de  reemplazo de cubiertas.

En el caso de que realicen  ese  cambio total  de neumáticos después de haber  realizado una  vuelta de carrera, se dará por cumplido el requisito de la reglamentacion especial, siempre respetando el orden de entrada a boxes (  BOX  par e impar).

 

 

Si desde la  largada de la prueba compiten con neumáticos  ancorizados, el procedimiento de recambio de las cubiertas delantera  derecha y trasera derecha deberá realizarse con el mismo procedimiento previsto para los neumáticos  slick.       Para  este   caso  se  deberá preveer sellar previamente las  cubiertas  ancorizadas reemplazantes.

Art. 7°:  Identificación de auxiliares. Cada  AUTO  podrá disponer de hasta un máximo de seis (6) colaboradores que deberán estar  provistos  con la indumentaria establecida en el Reglamento de Campeonato ( botas  y/o calzado  de  seguridad, además del uso  de  cascos protectores) con la correspondiente  identificación  con el número del mismo. Uno de ellos será el encargado de dar la orden de detención y reinicio de marcha, luego del cambio de los neumáticos pertinentes. Otro será el encargado y responsable del manejo del criquet hidráulico (único permitido). Los restantes cuatro (4) colaboradores realizarán el recambio de los neumáticos.

El auxiliar encargado de dar la orden de detención y salida del vehículo pertinente, exclusivamente,  deberá estar provisto de un cartel indicatorio, sostenido por una vara de un mínimo de 2,50 metros de longitud y se adelantará exclusivamente hasta  la franja pintada de seguridad a tales efectos, para que luego de detenido el vehículo, retorne detrás  de la línea  de boxes,  quedando habilitados los otros cinco (5) auxiliares en dicha zona.

Art. 8°:  Los neumáticos obligatorios de cambio serán exclusivamente  el delantero derecho y el trasero derecho.              Los neumáticos a utilizar serán dos (2) de los seis (6) neumáticos nuevos sellados por la ACTC para esta competencia, que deberá llevar un sello diferencial identificable. Las cubiertas que se extraen deberan quedar acostadas y las tuercas no pueden quedar tiradas en el piso.

Se permitirá la utilización de hasta  dos pistolas eléctricas, de cualquiera de las marcas en uso de la categoría para la extracción y ajuste de los bulones de los espárragos pertinentes, no estando permitido la utilización de mecanismos de extracción y colocación conjunta.

Solamente será válido el cambio de neumáticos con el ajuste de las 5 tuercas. La violación a estas disposiciones podrá ir desde un recargo de tiempo hasta la desclasificación, según sea la falta, y a criterio del Comisariato Deportivo.

Art. 9°: El viernes  31 de Marzo y el dia sábado 1° de Abril, en oportunidad de realizarse las pruebas de entrenamiento, se intercalará una prueba obligatoria de funcionamiento de la presente reglamentación.

Art.10° : El día Viernes  31 de  Marzo, al finalizar la  actividad en pista, se realizará una  reunión con los Concurrentes y/o Jefes de equipos obligatoria, los  que  serán  responsables de las  faltas que produzca su equipo, para lo indicado en el presente  R.P.P., quedando el Comisariato  Deportivo actuante en la  competencia a disposición de ellos, para poder consultar cualquier duda antes  de la realización de la PRUEBA  FINAL.-

Art. 11°: Todo vehículo que largue la competencia final, deberá ingresar al parque cerrado, aunque no hubiera concluido la misma.

Art. 12°: Se deberá colocar una CINTA DE PELIGRO en la mitad de cada box (3,50 metros desde la linea de entrada a una altura de 1,50 metros del piso). Los únicos integrantes que podran traspasar dicha cinta de peligro seran los SEIS (6) integrantes encargados de los cambios de neumáticos y el Jefe de Equipo.

Art. 13°: La linea blanca coincidente con el inicio del box será el límite, solo superado por los Seis (6)  integrantes del equipo afectados al cambio  de  cubiertas.

No deberá haber elementos fuera del box, la calle debe quedar totalmente despejada.

Art. 14°: Con respecto a los artículos 7°, 12° y 13°  la sanción deportiva será de recargo de tiempo.

Art. 15°: Por razones de seguridad éste  RPP podrá  incorporar modificaciones pertinentes.

 CAF  de la  ACTC  -   21  de   Marzo   del 2017.