1) Aplicar al licenciado piloto de TC Luís José Di Palma (H), la sanción prevista en el artículo 27 del reglamento de campeonato y según lo previsto en el artículo 55 inc. 6 de similar cuerpo normativo. Ello en virtud a la maniobras prohibidas efectivizadas al finalizar la competencia desarrollada en Comodoro Rivadavia en oportunidad de llevarse a cabo la penúltima fecha del presente campeonato 2015. El monto resultante de la multa aplicada se ha dispuesto Donar en partes iguales a las siguientes instituciones, "Hospital Juan Garraham", "Hospital de Niños de la Capital Federal", "Casa Cuna de la Capital Federal y "Fundación Favaloro", debiéndose depositar dentro de los treinta días de quedar firme la presente, por ante las mencionadas instituciones por cuenta y orden de la ACTC y en concepto de donación, acreditando tales depósitos por ante los departamentos deportivo y de administración y finanzas de la ACTC.
2) Aplicar al licenciado piloto de TC Carlos Okulovich, la sanción de multa 2000 litros de combustible en los términos previstos en el artículo 55 inc. 6 del Reglamento de Campeonato 2015. Ello en virtud a su responsabilidad en la maniobra que derivara en perjuicios de varios participantes durante la competencia desarrollada en el presente año en el autódromo de Comodoro Rivadavia. El monto resultante de la multa aplicada se ha dispuesto Donar en partes iguales a las siguientes instituciones, "Hospital Juan Garraham", "Hospital de Niños de la Capital Federal", "Casa Cuna de la Capital Federal y "Fundación Favaloro", debiéndose depositar dentro de los treinta días de quedar firme la presente, por ante las mencionadas instituciones por cuenta y orden de la ACTC y en concepto de donación, acreditando tales depósitos por ante los departamentos deportivo y de administración y finanzas de la ACTC.

1) Aplicar al licenciado piloto de TC Luís José Di Palma (H), la sanción prevista en el artículo 27 del reglamento de campeonato y según lo previsto en el artículo 55 inc. 6 de similar cuerpo normativo. Ello en virtud a la maniobras prohibidas efectivizadas al finalizar la competencia desarrollada en Comodoro Rivadavia en oportunidad de llevarse a cabo la penúltima fecha del presente campeonato 2015. El monto resultante de la multa aplicada se ha dispuesto Donar en partes iguales a las siguientes instituciones, "Hospital Juan Garraham", "Hospital de Niños de la Capital Federal", "Casa Cuna de la Capital Federal y "Fundación Favaloro", debiéndose depositar dentro de los treinta días de quedar firme la presente, por ante las mencionadas instituciones por cuenta y orden de la ACTC y en concepto de donación, acreditando tales depósitos por ante los departamentos deportivo y de administración y finanzas de la ACTC.
2) Aplicar al licenciado piloto de TC Carlos Okulovich, la sanción de multa 2000 litros de combustible en los términos previstos en el artículo 55 inc. 6 del Reglamento de Campeonato 2015. Ello en virtud a su responsabilidad en la maniobra que derivara en perjuicios de varios participantes durante la competencia desarrollada en el presente año en el autódromo de Comodoro Rivadavia. El monto resultante de la multa aplicada se ha dispuesto Donar en partes iguales a las siguientes instituciones, "Hospital Juan Garraham", "Hospital de Niños de la Capital Federal", "Casa Cuna de la Capital Federal y "Fundación Favaloro", debiéndose depositar dentro de los treinta días de quedar firme la presente, por ante las mencionadas instituciones por cuenta y orden de la ACTC y en concepto de donación, acreditando tales depósitos por ante los departamentos deportivo y de administración y finanzas de la ACTC.



